domingo, 25 de agosto de 2013

Contratos de adhesión en Internet.

Cuando hablamos de un contrato, necesariamente integramos el hecho de que convergen  dos voluntades para generar modificar o extinguir derechos, y cuando se habla de contrato de adhesión también se señalan dos voluntades, sin embargo en esta circunstancia, el contrato es redactado de manera unilateral, y el otro sujeto simplemente firma (es ahí cuando presta su consentimiento), pero no puede modificar ninguna clausula si es que no esta de acuerdo con ella.
Este tipo de contratos, son muy usuales en relaciones contractuales con entidades bancarias, en Bolivia en materia comercial es una forma conocida de contrato, pero la duda que planteo es: ¿Que ocurre en contratos de adhesión en Internet?


Acepto los términos y condiciones-´

Al momento de descargar un paquete virtual, para instalarlo, o al momento de crearnos una cuenta, al momento de registrarnos,  nos indican sus términos y condiciones, los mismos que una vez pasados por el mouse, nos permite hacer click en la casilla de acepto, lo cual presupone que si hemos leído todo el contenido.

¿Y la jurisdicción- Resolución alternativa de conflictos?

Ahora surgen algunos conflictos,¿que ocurre si yo quisiera que cualquier conflicto legal se resuelva en una sede que también me beneficie a mi? por ejemplo Facebook: 
  1. Resolverás cualquier demanda, causa de acción o conflicto (colectivamente, "demanda") que tengas con nosotros surgida de o relacionada con la presente Declaración o exclusivamente con Facebook en un tribunal estatal o federal del condado de Santa Clara. Las leyes del estado de California rigen esta Declaración, así como cualquier demanda que pudiera surgir entre tú y nosotros, independientemente de las disposiciones sobre conflictos de leyes. Aceptas someterte a la competencia de los tribunales del condado de Santa Clara, California, con el fin de litigar dichas demandas.
A mi criterio es abusivo, que ciertas clausulas como estas, solo puedan ser redactadas por una de las partes, esto es una desventaja total para todos los residentes de latino América o usuarios de Internet residentes de estados en vías de desarrollo, que el solo hecho de viajar hasta ahí es un gasto de plata mayor del que se podría estar perdiendo por el conflicto.

Otro detalle que me parece abusivo, es el hecho de que no podemos escoger si queremos incluir una clausula de arbitraje al momento de aceptar un paquete virtual.

Tómalo o déjalo

Cuando llegamos a este punto, nos olvidamos de todo lo anterior, y recordamos nuevamente porque no nos importan las clausulas de los contratos de adhesión (y muchas veces ni los leemos) es porque realmente necesitamos el servicio que nos brinda este paquete o cuenta virtual, entonces no importa que demos a cambio con tal de usar el servicio. hasta la fecha no han habido problemas difundidos sobre este aspecto, no nos perjudicamos.

La verdad pregunta es hasta que punto daremos nuestro brazo a torcer si es que aquel servicio gratuito decide modificar ciertas clausulas del contrato.




lunes, 19 de agosto de 2013

El problema del Spam

Gracias a los avances tecnológicos el intercambio de información a sido determinante para un sin fin de negocios o temas afines, el correo electrónico en concreto es una plataforma de intercambio de información privada, donde los usuarios pueden comunicarse independiente del lugar donde se encuentren, sin embargo, de igual manera se a utilizado este medio para lograr la publicidad masiva, la cual si bien ayuda a la empresa que se esta publicitando, puede perjudicar al usuario, tal como indica Ricardo Lorenzetti: "...,porque puede recibir virus o sufrir saturación de su correo, ademas de ser invadida su privacidad"

El spam es el envio masivo de publicidad a listas de correo electrónico (aunque ahora esto se ha ampliado a otras plataformas de comunicación informática) que no han dado su consentimiento de recibirlo.
Es la basura del Internet, el usuario muchas veces puede confundirse y abrirlo, de esta manera podría llegar a ser hackeado por el usuario que envio el spam.

La mayoría de las legislaciones prohiben el spam, e incluso en Bolivia se hace mención a esto de una forma somera en la ley 164 "Artículo 91. (COMUNICACIONES COMERCIALES PUBLICITARIAS 
POR CORREO ELECTRÓNICO O MEDIOS ELECTRÓNICOS). Mediante 
reglamento se establecerán, las condiciones de las comunicaciones comerciales publicitarias 
realizadas por medio de correo electrónico o cualquier otro medio electrónico, sin perjuicio 
de la aplicación, en los casos que corresponda, de la normativa vigente en materia comercial 
sobre publicidad y protección a las usuarias o usuarios."

Sin embargo aquel reglamento del cual se habla, hasta la fecha tan solo se quedo en proyectos de diversas organizaciones, pero lo mas seguro es que intentaran regular el spam de modo que al momento en que una empresa envié publicidad, deberá hacer notoria la naturaleza de este mensaje, para que así el usuario pueda tener la decisión de abrirla. Si hablamos de la privacidad es un tanto complicado, puesto que en la ley 164, al hablar del correo electrónico, no nos habla de si es un espacio publico o privado, aunque a mi criterio es un espacio privado, puesto que solo yo tengo acceso a el, y todos los mensajes que no quiero recibir van a una carpeta especial (correo no deseado), es por eso que este espacio es propio de la esfera personal.

Cuando una persona camina por la calle esta en su derecho, de negar recibir un panfleto de alguna persona que se lo ofrezca, lo mismo ocurre con el correo electrónico, deberíamos tener el derecho de rechazarlo.


lunes, 12 de agosto de 2013

¿Que es el derecho informatico?

Existe algo constante, algo que crece y no deja de crecer, eso es la tecnología, no importa dónde ni cuando, pero el ser humano seguirá creando tecnología por medio de la ciencia.

El derecho por otra parte, se discute, se piensa y razona, pero todo esto en un contexto ideal, tan ideal, que las normas no siempre llegan a adecuarse a la realidad, justamente por ello surgen los diversos conflictos en los cuales nos vemos envueltos constantemente.

El derecho informático como tal, se entiende como las normas que intentan regular el uso de las nuevas tecnologías.
Pero a decir verdad es un tanto complicado, por que la tecnología avanza más rápido que la ciencia del derecho.

¿Porque es importante estudiarlo?

Por los vacíos normativos que existen,  hay países con normativas que regulan esto, pero en el caso de Bolivia, sólo hay un artículo con un bis y un ter en el código penal, y pocos reglamentos que regulan las actividades informáticas.
Y no olvidemos que todo lo que la norma no prohíbe lo permite.

¡No más excusas!

Alguna vez que saque el tema del derecho informático con algún docente, me respondieron con la simplicidad de que en Bolivia menos de la mitad de la población tiene acceso a Internet y que por ello no era necesario darle tanto énfasis a su estudio.
Pero esto no es excusa, porque el hecho de reconocer que menos de la mitad de la población tiene acceso a Internet, es reconocer de manera tacita que si existe una cantidad de personas desprotegidas ante este fenómeno, que oscila entre ventajoso y peligroso.
En conclusión hay que entender que el derecho informático es una oportunidad de regular desde 0, los diversos comportamientos que hemos asumido desde el uso del Internet aquí en Bolivia.
El derecho es la única forma de prevenir problemas, regular comportamientos, y sancionar delitos cometidos.

Abogado 2.0

El Internet y dentro de esta: las redes sociales, han mejorado la conectividad entre las personas, la distancia y el tiempo han sido superados por el ciber espacio, el cual facilita la comunicación entre personas independientes del lugar y la hora. Las redes sociales se consideran grandes componentes de la web 2.0

Web 2.0 : Debemos entender por web 2.0 a los sitios web que permiten a los usuarios y creadores de la misma, compartir contenido de manera rápida y sencilla (un simple botón de share)

En ese entendido, han surgido una gran cantidad de profesionales que lograron aprovechar estas ventajas para expandir tanto sus conocimientos como sus servicios, dejamos de ser sujetos pasivos del internet, en el caso concreto han surgido abogados 2.0 usuarios constantes y activos de estas nuevas tecnologías.

Ventajas para la sociedad con los abogados 2.0:

  • Facilitan el aprendizaje al poner en libre disposición sus investigaciones y criterios para aquellos estudiantes y profesionales autodidactas.
  • Concede confianza a sus clientes, al mostrarse tal como es el abogado y al mostrarse más cercano a ellos.
  • Realizan nuevas formas de enseñanza al grabarse y crear videoblogs con temas específicos.
  • Contribuyen con la sociedad de información y la cultura del up load, al compartir todo tipo de noticias, ensayos y artículos que se publican en diversas paginas de Internet.

Y a todo esto ¿Que ganan los abogados 2.0?:

  • Primero lo obvio: clientes, es una forma masiva de publicidad hacia ellos mismos.
  • Adquieren una cantidad elevada de información puesto que se encuentran constantemente leyendo diversas noticias y ensayos desplegados en cada una de sus redes sociales.
  • Desarrollan el pensamiento crítico, esto debido al constante ejercicio de redactar artículos para su blog o diversas redes sociales.
¿Como ser un abogado 2.0?

Es muy sencillo, es solo cuestión de hacer uso de las diversas redes sociales, pero de manera profesional, publicando todo tipo de artículos sobre los cuales uno tenga conocimiento, y a la vez compartiendo información leída de otras paginas web o redes sociales. Claro que también importa mucho que redes sociales se utilicen, para mi la mas practica es twitter, puesto que sencilla de usar, y al mismo tiempo uno puede limitarse a publicar la información necesaria. bueno en si, es cuestión de gustos.